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Escrituración de actos inmobiliarios

¿Qué es una escritura de acto inmobiliario?

La escritura de acto inmobiliario es el documento que define jurídicamente obligaciones y derechos de quien compra o hereda un bien inmueble, vivienda o un lote. Entre dichos actos se incluyen la compraventa, permuta, donación, constitución de hipoteca y también el aval, como documento oficial, del reglamento de propiedad horizontal.

Requisitos del trámite:

  • Presentación de la minuta observando lo consagrado en la ley 675 de 2001 y teniendo como mínimo las siguientes cláusulas:
  • Nombre e identificación del propietario.
  • Nombre distintivo del edificio o conjunto.
  • Determinación del terreno sobre el cual se levanta el edificio, por su nomenclatura, área y linderos, indicando el título de adquisición y los correspondientes folios de matrículas inmobiliarias indicación de cada uno de los bienes privados.
  • Determinación de los bienes comunes, con indicación de los que tengan el carácter de esenciales, y de aquellos cuyo uso se asigne a determinados sectores del edificio.
  • Los coeficientes de copropiedad.
  • La destinación de los bienes de uso particular.
  • Las especificaciones de construcción y condiciones de seguridad y salubridad del edificio.
  • Regulaciones relacionadas con la administración, dirección y control de la persona jurídica que nace y las reglas que gobiernan la organización y funcionamiento del edificio.
  • Anexar la licencia de construcción y los planos aprobados por la autoridad competente.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días
  • Paz y salvo impuesto predial.
  • Paz y salvo de valorización IDU.
  • Certificado catastral (Bogotá).
  • Escrituras públicas de tradición del lote.
  • Título antecedente del bien inmueble.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días.
  • Impuesto predial o paz y salvo municipal.
  • Impuesto de valoración.
  • Paz y salvo de administración cuando el inmueble está sometido al régimen de propiedad horizontal.
  • Fotocopias de las cedulas de ciudadanía de los comparecientes.
  • Poder especial si es mediante apoderado.
  • Indagación sobre la afectación a vivienda familiar de comprador y vendedor.
  • Certificado médico para personas mayores de 70 años.
  • Certificado de deudores morosos por alimentos el cual puede ser expedido de manera virtual en la página del “REDAM”  https://carpetaciudadana.and.gov.co/servicio/data/201/49/0
  • Si interviene una persona jurídica, el documento que acredite su existencia y representación legal.
  • Acta de junta de socios cuando existen limitaciones en las facultades de los representantes legales.
  • Título antecedentes del bien dado en pago.
  • Certificado de tradición no mayor a 30 días.
  • Paz y salvo de impuesto predial.
  • Paz y salvo de valorización.
  • Paz y salvo de administración.
  • Fotocopia de cédulas de ciudadanía.
  • Plena capacidad de donante y donatario.
  • Fotocopia de cédulas de ciudadanía.
  • Solicitud de insinuación de la donación si ésta supera los 50 SMLMV.
  • Paz y salvo impuesto predial, valorización y administración.
  • Escritura de propiedad del bien que se dona.
  • Certificado de tradición reciente.
  • Avalúo comercial del bien.
  • Donante debe acreditar que tiene otros bienes o rentas para su subsistencia mediante certificación de contador público o certificado de la DIAN.
  • Certificado médico de capacidad del donatario mayor de 70 años.
  • Título antecedente del bien inmueble.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días.
  • Carta de aprobación del monto crediticio.
  • Impuesto predial o paz y salvo municipal.
  • Impuesto de valoración.
  • Fotocopias de las cedulas de ciudadanía de los comparecientes.
  • Poder especial si es mediante apoderado
  • Indagación sobre la afectación a vivienda familiar del bien inmueble a hipotecar.
  • Certificado médico para personas mayores de 70 años.
  • Si interviene una persona jurídica, el documento que acredite su existencia y representación legal.
  • Acta de junta de socios cuando existen limitaciones en las facultades de los representantes legales.
  • Primera copia de la escritura que contiene la hipoteca.
  • Certificado de tradición y libertad del bien inmueble no mayor a 30 días.
  • Fotocopia de la cedula de ciudadanía del acreedor.
  • Carta de cancelación de la obligación cuando (?????).
  • Certificado de existencia y representación cuando es una persona jurídica quien cancela la hipoteca.
  • Poder si se actúa mediante apoderado.

Constitución en el acto de compra.

Por ministerio de la ley. Por ministerio de la ley opera cuando los adquirentes son casados con sociedad conyugal vigente, o compañeros permanentes y el bien está destinado para su vivienda.

Cuando se realice posterior al acto de adquisición:

  • Los documentos de identificación de los cónyuges o compañeros permanentes.
  • Si el titular del dominio del inmueble es uno de los cónyuges, al constituir la afectación con el consentimiento del otro, debe aportarse copia auténtica del registro civil de su matrimonio.
  • Paz y salvo predial o municipal.
  • Paz y salvo de valorización.
  • Paz y salvo de administración.
  • Escritura de constitución de la afectación
  • Certificado de libertad no mayor a 30 días de expedición
  • Fotocopias de las cedulas de ciudadanía de los comparecientes.
  • Escritura de constitución del patrimonio.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días.
  • Fotocopia de cédulas de ciudadanía.
  • Declaración extraproceso no existencia hijos.
  • Comparecencia de los otorgantes.
  • Registros civiles de nacimiento de los hijos cuando aplique.

*Cuando hay hijos menores de edad se requiere proceso judicial.

  • Copia auténtica sentencia designación curador.
  • Escritura de constitución del patrimonio.
  • Certificado de tradición y libertad reciente.
  • Fotocopia cédulas de ciudadanía.
  • Comparecencia ambos miembros de la pareja.
  • Registro civil de los menores.
  • Título antecedente del bien inmueble.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días.
  • Impuesto predial o paz y salvo municipal.
  • Impuesto de valoración.
  • Fotocopias de las cedulas de ciudadanía de los comparecientes.
  • Poder especial si es mediante apoderado.
  • Título antecedente del bien inmueble donde conste la constitución del usufructo.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días.
  • Fotocopias de las cedulas de ciudadanía de los comparecientes.
  • Poder especial si es mediante apoderado.
  • Registro civil de defunción del usufructuario cuando es por muerte.
  • Registro civil de defunción del causante.
  • Registro civil de nacimiento de los vendedores.
  • Fotocopia de cédulas de ciudadanía.
  • Registro civil de defunción del causante.
  • Registro civil de nacimiento de los vendedores.
  • Fotocopia de cédulas de ciudadanía.
  • Paz y salvo impuesto predial.
  • Paz y salvo de valorización.
  • Paz y salvo de administración Propiedad Horizontal.
  • Escritura de propiedad del inmueble.
  • Certificado de tradición no mayor a 30 días.

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